Cardiología: Todo lo que tenés que saber

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Según lo que rige la Res 81D/21, la mayoría de las prácticas en cardiología requieren de autorización previa. Quedan exceptuados el Electrocardiograma, Ergometría, Holter Cardíaco y Monitoreo de Presión Arterial, que no la requerirán.

El resto de las solicitudes se presentarán a Auditoría Médica, deben ser aocompañadas de estudios previos y el resumen de historia clínica que justifique el pedido. A cada afiliado/a se le autorizarán hasta 2 (dos) prácticas de Alta Complejidad por mes, salvo las excepciones contempladas en la resolución.

En lo que respecta a la cobertura de las prácticas, están disponibles en este enlace. Por otro lado, consulte el Vademecum para conocer la cobertura de los medicamentos.

DOSPU | DECOM

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